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  • Foto del escritorActiva Consultoria

AHORA PUEDES MODIFICAR LA BASE DE COTIZACIÓN COMO AUTÓNOMO

Actualizado: 20 sept 2019

Le recordamos que tiene la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y la cuota a pagar, dentro de los límites permitidos según edad, hasta el 30 de Septiembre y con efectos a 1 de Octubre.


Los autónomos son los únicos que pueden elegir la base por la que cotizar. Esta decisión es muy importante ya que de ella dependen sus prestaciones presentes y su futura pensión. Cuándo se intenta evitar pagar más cuota a la Seguridad Social, para no aumentar los gastos y mantener los ingresos, no pensamos que esa base, es la que marcará la cuantía de las prestaciones que recibirá en caso de enfermedad, accidente, paro, maternidad o jubilación.


Se estableció que a partir del 01-01-2018, los autónomos podían cambiar de base de cotización hasta 4 veces al año (abril, julio, octubre y enero).

Nos encontramos en el tercer plazo de 2019 y la última oportunidad para que los cambios sean efectivos antes de 2020. En caso de modificar la base en el cuarto plazo, dicha modificación se hará efectiva en 2020.


Pueden escoger la base por la que quieran cotizar entre el mínimo de 944,40€/mensuales y el máximo de 4.070,10€/mensuales. En función de esta decisión, pagará más o menos cuota.


Además, también puede solicitar que la cuantía por la que cotiza se vaya incrementando automáticamente cada año en la misma proporción que lo haya hecho la base mínima o máxima de cotización, o comunicar que renuncia a dicho incremento, lo cual deberá comunicarlo también antes del 1 de octubre.


Si está interesado en modificar la base de cotización (con la finalidad de aumentar la base de cálculo de la jubilación o la baja de incapacidad temporal), les agradeceríamos que nos lo hicieran saber con la máxima antelación posible


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